Traslados de expediente 2024-2025

  • Plazo y normativa aplicable:
  • Plazas ofertadas:
    • Grado de Enfermería: 10
    • Grado de Fisioterapia: 5
    • Grado de Terapia Ocupacional: 5
    • Grado Enfermería, estudios extranjeros: 1
    • Grado Fisioterapia, estudios extranjeros: 1
    • Grado Terapia Ocupacional, estudios extranjeros: 1
  • Requisitos:
    • Circunstancias excepcionales: Aquellas recogidas en el Artículo 60 del Reglamento de Gestión Académica de la Universidad de Granada.
    • Academicas:
      • 1.- Obtener un reconocimiento mínimo de 30 créditos.
      • 2.- No haber consumido los plazos de permanencia indicados en la normativa de la UGR.
      • Una vez realizado el respectivo reconocimiento, no se admitirán traslados cuando ello suponga la obtención automática del Título correspondiente.
    • En el supuesto de que quedarán plazas vacantes una vez resueltas las circunstancias excepcionales recogidas en el artº 60 del Reglamento de Gestión Académica, se aplicará lo establecido en la Normativa de Traslados de la Facultad de Ciencias de la Salud (pdf).
  • Documentación necesaria:
    • Alumnos Procedentes de otras Universidades:
    • Alumnos Procedentes de la Universidad de Granada:
    • Resto de documentación a presentar
      • Certificado de las Pruebas de Acceso a la Universidad y/o Ciclos Formativos. (en el caso de no ser anexados no serán requeridos, ni valorados)
      • Certificado de las asignaturas específicas, aprobadas en la normativa propia de la Facultad: (en el caso de no ser anexados no serán requeridos, ni valorados):
        • Biología x 0.2
        • Química x 0.2
        • Matemáticas II x 0.2
      • Anexos justificativos de las causas excepcionales recogidas en el Reglamento de Gestión Académica, (en el caso de no ser anexados no serán requeridos, ni valorados)
      • Por razones imperativas académicas y de organización, se valorarán única y exclusivamente aquellas certificaciones y circunstancias que hayan sido presentadas y justificadas a fecha de finalización del plazo establecido 

Resolución de la Decana de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de Granada de 17 de julio de 2023, con el resultado del procedimiento de traslado de expediente a los Grados que se imparten en la Facultad de Ciencias de la Salud para el curso 2023-2024.

    • Documentación adicional que deberán entregar los alumnos procedentes de sistemas Universitarios Extranjeros:
      • Resolución de la Facultad de Ciencias de la Salud, de haber obtenido previamente y en los plazos establecidos, un reconocimiento de un mínimo de 30 créditos
      • Los alumnos procedentes de sistemas universitarios extranjeros no podrán solicitar el traslado de expediente si previamente no han obtenido el reconocimiento parcial de sus estudios. Este deberá ser solicitado con anterioridad a la solicitud de traslado de expediente , y en las fechas establecidas. (Consultar Plazos Administrativos y Normativa Propia).

Resolución de la Decana de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de Granada, con las puntuaciones de las solicitudes de admisión por reconocimiento parcial de estudios (traslados de expedientes), de universidades extranjeras a la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de Granada, para el curso académico 2023-2024.

  • Presentación de solicitudes:
  • Información de interés:
    • Debido a la diferencia en los planes de estudio entre universidades, los estudiantes deben tener en cuenta que el número de créditos reconocidos podrá ser, en muchos casos, inferior al número de créditos superados en su universidad/centro de origen.
    • En general, la diferente distribución de asignaturas por cursos en cada universidad provoca muy a menudo, que los estudiantes procedentes de traslado deban matricularse de asignaturas de diferentes cursos, lo que les ocasiona incompatibilidad horaria entre ellas.
    • Los créditos relativos a las estancias clínicas  se reconocerán atendiendo, entre otros aspectos, a la coincidencia del número de créditos. Deberá tenerse en cuenta que hay módulos de prácticas de hasta 30 créditos, lo que puede ocasionar que un alumno acredite 18 créditos de prácticas externas que no se le reconozcan.
    • Los estudiantes estarán sujetos a las normas de permanencia de la Universidad de Granada.
  • Traslados aceptados:
    • El listado de estudiantes admitidos, denegados y excluidos se publicará en la web de la Facultad de Ciencias de la salud, cienciasdelasalud.ugr.es
    • Al estudiante admitido/a le será notificada la Resolución de Admisión por Sede Electrónica, deberá abonar los derechos de traslado en su Universidad de Origen, y acreditarlo en el momento de realizar su matricula en esta Facultad.
    • Deberá realizar la matricula correspondiente al curso académico 2023-2024 , en el plazo que se establezca en la resolución de traslado.
    • Deberá solicitar el Reconocimiento de los estudios cursados hasta ese momento, en el Plazo establecido por la UGR.
    • La admisión por Traslado quedará CONDICIONADA a la comprobación de los documentos originales, y alegados en la solicitud.
  • Documentación necesaria para solicitar reconocimiento en grado y una vez realizada la matricula:
    • Solicitud de Reconocimiento en Grado
    • Certificación Académica Personal expedida por el Centro de origen en la que conste las calificaciones obtenidas en las materias y/o asignaturas que se pretenden reconocer.
    • Guías Docentes selladas de las asignaturas superadas (no será necesario para las asignaturas reflejadas en las tablas de reconocimientos previos, ver último apartado).
    • Justificación documental de los servicios o especialidades en las que se han realizado las Prácticas.
    • Plan de estudios de su Universidad de Origen (no será necesario si existen Reconocimientos previos y publicados en nuestra web).
    • Documentación adicional para estudiantes provenientes de sistemas educativos extranjeros:
      • Certificado acreditativo expedido por la Universidad de Origen de no tener superados los estudios completos para la obtención del correspondiente título en el país de origen, o en su defecto, Resolución denegatoria de homologación del título correspondiente, expedida por el Ministerio de Educación y ciencia, en la que se indique, expresamente, la posibilidad de Reconocimiento de estudios parciales.
      • Certificado de equivalencia créditos/hora.
    • La documentación citada anteriormente deberá ser presentada en Castellano, traducida por traductor jurado.
    • Cuando los documentos estén expedidos por Universidades o Instituciones de otros países, se exigirá la legalización, vía diplomática, de los documentos originales, salvo que se trate de países acogidos al convenio de la Haya, que solo bastará con la apostilla convenida en el mismo.
  • Tablas-resumen reconocimientos para cada grado, según la universidad de procedencia (próximamente):